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Estatutos del Centro de Alumnos

Acta que define la actuación, elección, fines y propósitos del Centro de Alumnos del Instituto Alemán Carlos Anwandter.

Título I

Definición, fines y funciones

Artículo 1ª.- El Centro de Alumnos es la organización formada por todos los estudiantes de nuestro Establecimiento (Prebásica a 4ª Medio) participando de manera directa en la elecciones y planteamientos referentes al actuar del mismo, los alumnos de 5ª Básico a IV Año de Educación Media.

Su finalidad es servir a todos los alumnos y demás miembros de la comunidad escolar, en función de los propósitos del establecimiento y sin apartarse de las normativas vigentes. Siendo por lo mismo, un medio para desarrollar en los alumnos el pensamiento reflexivo, juicio crítico y la voluntad de acción, formándolos para la vida democrática y preparándolos para participar en los diferentes ámbitos del quehacer humano, acercándolos a la comunidad circundante, así como también a la realidad nacional y el mundo que les rodea.

Artículo 2º.- Las funciones del Centro de Alumnos son las siguientes:

a)  Promover la creación e incremento de oportunidades para que los alumnos manifiesten democrática y organizadamente sus intereses, inquietudes y aspiraciones.

b)  Impulsar al alumnado a una mayor dedicación hacia el trabajo escolar, procurando que se desarrollen y fortalezcan en un grato y adecuado ambiente educativo, y, a la vez, en una estrecha relación humana entre todos sus integrantes basada en el respeto mutuo.

c)  Orientar a todos sus integrantes hacia actividades concordantes con la Institución que los cobija, así como también, aquellas relacionadas con su entorno y el mundo en el cual se vive.

d)  Representar los problemas, necesidades y aspiraciones de todos los alumnos ante las autoridades u organismos de la Institución.

e)  Procurar el bienestar de todos los miembros de la comunidad que los alberga, tendiendo a establecer las condiciones deseables para su pleno desarrollo.

f)   Promover el ejercicio de los Derechos Humanos Universales  (de la juventud y todos los seres humanos), a través de sus organizaciones, programas de trabajo y relaciones interpersonales.

g)   Designar a sus representantes ante las organizaciones estudiantiles, locales y nacionales con las cuales el Centro de Alumnos se relacione, de acuerdo a su reglamentación.

Título II

De la organización y Funcionamiento del Centro de Alumnos

Artículo 3ª.- El Centro de Alumnos se organizará y funcionará según las normas y procedimientos establecidos en este reglamento Interno, al cual deberá ajustar sus decisiones, de forma de responder a las características y circunstancias específicas de las respectivas realidades escolares que se presenten.

Artículo 4ª.- El Centro de Alumnos funcionará a través de las siguientes agrupaciones:

a)   Asamblea General: formada por todos los alumnos de 5ª Básico a IV Medio, la cual sólo será citada ante eventos que la Directiva del Centro de Alumnos o la Dirección del establecimiento, en acuerdo con el Centro de Alumnos, así lo establezcan, ya sea por situaciones internas o decisiones externas, consideradas de gran importancia para la comunidad escolar.

b)   Directiva del Centro General de Alumnos: formado por el Presidente, Vicepresidente, representante ante organismos externos, Secretario Ejecutivo y Tesorero.

c)    Directorio: Formado por la Directiva, más un representante de los diferentes cursos del Colegio, cada uno de ellos, encargados a la vez de determinadas comisiones establecidas en el programa de trabajo del año en curso.

d)    Consejo de Delegados. formado por la Directiva, el Directorio y uno ó dos Delegados de los cursos de 5ª a IV Medio. (que no formen parte de las comisiones antes establecidas), los cuales actuarán como representantes imparciales respecto a consultas, sugerencias, o colaboraciones solicitadas desde el Centro de Alumnos y que requerirán de manera especial la participación de ellos.

e)   Consejos de Curso: son los organismos receptores de las informaciones que el Centro de Alumnos haga llegar a través de la Directiva o sus Delegados, a la vez, tendrán un rol protagónico y definitorio frente a consultas y decisiones que se soliciten a los cursos por este medio.

f)  Junta Electoral: organismo formado por 6 (seis) alumnos de los IV Medios (no pertenecientes al Centro de Alumnos) que se encargarÁn cada año de velar por la correcta realización de las elecciones internas del Centro de Alumnos en nuestra Institución.

De la Asamblea General

Artículo 5ª.- La Asamblea General estará constituida y funcionará a través de la mayoría (50% +1) de los Alumnos participantes de 5ª a IV Medio (en caso de no producirse dicha mayoría, se citará a una próxima Asamblea, hasta reunir el quórum requerido para su funcionamiento). A dicha Asamblea le corresponde:

a)   Elegir a la Directiva del Centro de Alumnos por medio de listas definidas en este Reglamento.

b)   Pronunciarse de manera directa en las reuniones, respecto a materias relativas a los temas atingentes u otras, las cuales quedarán establecidas claramente en la citación a la Asamblea a la cual se convoca.

El Reglamento Interno del Centro de Alumnos indica asimismo la forma y procedimiento conque será convocada la Asamblea General.

De la Directiva del Centro de Alumnos

Artículo 6ª.- La Directiva del Centro de Alumnos será elegida anualmente en votación universal, unipersonal, secreta e informada, la tercera semana de noviembre del año anterior al año lectivo respectivo de nuestro Establecimiento Escolar.

Para optar a cargos en la Directiva del Centro de Alumnos el postulante deberá cumplir con los siguientes requisitos:

 (Situación en que cada alumno que sea escogido por sus compañeros o se postule individualmente deberá acreditar al momento de definir su participación. Dejándose por esta vía a cada cual la decisión de participar en este proceso, y, ateniéndose a las  consideraciones o consecuencias que la junta electoral pueda determinar de manera privada en consideración a  los requerimientos exigidos).

 a)  Tener al menos un año de permanencia continua en el establecimiento al momento de postular.

b)  No haber sido destituido de algún cargo del Centro de Alumnos por infracción a sus Reglamentos.

c)  No estar Condicional por Conducta o Rendimiento.

d)  No haber infringido normas que dañen al colegio o a sus integrantes del mismo (faltas graves o gravísimas).

e)  Tener un promedio de notas igual o superior a 5,7 (cinco coma siete) en el primer semestre del año de la elección o iguales o superiores al promedio general del curso.

f)    En cualquiera de los casos, todo alumn@) sin importar  su condición interna, podrá participar en la directiva de Centro de Alumnos, apelando ante la Directiva anterior y la Junta Electoral y comprometiéndose por escrito a cambiar su conducta y rendimiento en un plazo no superior al semestre siguiente, situación que deberá corroborarse ante los miembros de la directiva existente al cumplirse el plazo, en reunión especial.

De esta forma, la Directiva estará constitutita a lo menos por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y un Representante ante la Federación de Estudiantes de Valdivia.

De igual manera, las funciones que les corresponderá desempeñar a cada uno de los miembros de la Directiva serán fijadas en este Reglamento Interno del Centro de Alumnos.

Reglamento Interno del Centro de Alumnos

Será atribución del Presidente representar a la Directiva del Centro de Alumnos ante la Dirección, el Consejo de Profesores del establecimiento, las entidades pertinentes, actos y actividades que se le requieran y, en todas aquellas ocasiones que las necesidades y acontecimientos de la vida escolar lo exijan, sin perjuicio de las atribuciones que le correspondan a la Directiva para escoger reemplazante.

Al Vicepresidente le corresponde reemplazar en todas y cada una de las gestiones respectivas al Presidente, en caso que éste, por diversas circunstancias, no se encuentre. Y a la vez, tomar decisiones que correspondan de mantenerse dicha inasistencia. Por último, en caso de abandono del cargo del Presidente oficial, será el Vicepresidente quien asumirá con pleno derecho dicha función, acto que se realizará en reunión especial del Directorio y de la cual serán informados todos los estamentos pertinentes, en un plazo no superior a una semana.

El Secretario tiene como funciones tomar apuntes de las reuniones, elaborar las actas y sacar fotocopias de las mismas, en un plazo no mayor a una semana para entregarlas a la Dirección, el profesor o profesores asesores, la Directiva del Centro de Alumnos y los presidentes de cursos.

Al Tesorero le corresponde llevar permanentemente por escrito, y avalado por boletas o documentos contable , todos los gastos en que incurra o que recepcione el Centro de Alumnos; conocer la disponibilidad  de los recursos con que cuenta esta Institución y estar en contacto con los estamentos de los cuales se perciben dineros (principalmente la Administración del Colegio).

El  Representante Externo del Colegio será el encargado de representar por medio del Centro de Alumnos a todo el estudiantado del colegio ante organismos externos; participar en todas las reuniones externas e internas a las cuales sea citado y presentar en cada reunión de la Directiva los resultados o acuerdos de las mismas. (En caso de no poder asistir a alguno de dichos eventos, podrá escoger dentro de la Directiva o el Directorio, un reemplazante).

A la Directiva  le corresponde:

a) Reunirse semestralmente para dirigir y administrar el Centro de Alumnos en todas aquellas materias de su competencia (reuniones que pueden variar por acuerdos internos o necesidades institucionales).

b) Elaborar y ejecutar el Plan Anual de Trabajo del Centro de Alumnos.

c) Representar al Centro de Alumnos ante la Dirección del establecimiento, Consejo de Profesores, Centro de Padres y Apoderados e instituciones de la comunidad que se representa.

d) Decidir frente a propuestas de la Asamblea General o el Consejo de Delegados de Curso la participación del Centrro de Alumnos ante las organizaciones estudiantiles con las cuales el Centro se relacionará y designar representantes cuando corresponda.

e) Presentar a la Asamblea General y Consejo de Delegados de Curso, antes de finalizar su mandato, una cuenta anual de las actividades realizadas.

Del Consejo de Delegados de Curso

 Articulo 7.- El Consejo de delegados de curso, estará formado, según establece el Reglamento Interno, Por uno o un máximo de dos delegados de los cursos de 5ª básico a IV Medio. El Presidente del Consejo de Curso podrá por derecho propio participar como Delegado adjunto o miembro supernumeario con derecho a voz y voto en las reuniones del Consejo de Delegados que se cite.

El Consejo de Delegados de Curso será presidido por el Presidente del Centro de Alumnos y se reunirá en la forma que se establece en este Reglamento Interno.

El quórum para que sesione el Consejo de Delegados será del 60% de sus miembros  y los acuerdos deberán adoptarse por simple mayoría de los participantes, salvo en caso de proposición de modificación  de los Estatutos y Reglamento Interno, situación en la cual deberá aprobarse con voto en que participe el 100% de los miembros del consejo y que tenga mayoría absoluta (50% +1).

La citación a reuniones de Consejo de Delegados se hará  por medio de los representantes de la Directiva del Centro de Alumnos una vez al mes (salvo que no existan circunstancias internas o externas que lo ameriten) o, por solicitud del Consejo a través de una carta en que firmen el 50% de los Delegados de los cursos.

Corresponde al Consejo de los Delegados de Curso:

a) Solicitar modificaciones del Reglamento Interno del Centro de Alumnos y someterlo a aprobación ante la Asamblea General  (alumnos de 5° a IV Medio).

b) Aprobar  el Plan Anual de Trabajo  y el Presupuesto (cuando corresponda) elaborado por la Directiva que vaya a asumir un nuevo periodo en el Centro de Alumnos.

c) Informar y estudiar las iniciativas, proposiciones y acciones de los diversos cursos y grupos de alumnos con el fin de impulsar las acciones que estime más convenientes.

d) Servir de organismo informativo y coordinador de las actividades de la Directiva ante los Consejos de Curso.

e) Proponer a la Directiva la afiliación del Centro a aquellas organizaciones estudiantiles en las que se desee formar parte o en caso contrario, la desafiliación de aquellas en que se está participando.

f) Constituir los organismos y comisiones permanentes y circunstanciales que se consideren indispensables para cumplir con los objetivos del Centro de Alumnos.

g) Pronunciarse respecto de la cuenta anual y el balance que le debe presentar la Directiva del Centro de Alumnos en ejercicio o saliente, e informar de ello a la Asamblea General antes de que ésta proceda a la elección de la mesa directiva.

h)  Determinar las medidas disciplinarias que corresponda aplicar a los miembros del Centro, de acuerdo con lo estipulado en el Reglamento Interno. Las sanciones que se apliquen sólo podrán consistir en medidas que afecten su participación como miembro del Consejo, incluyendo la exclusión del Centro de Alumnos con la debida sustitución del cargo.

Del Consejo de Curso

Artículo 8.- El Consejo de Curso, como forma de organización estudiantil, constituye el organismo base del Centro de Alumnos. Lo integran todos los alumnos del curso respectivo (5° básico a IV año de Enseñanza Media).

Este consejo se organiza democráticamente, eligiendo su Directiva y representantes ante el Consejo de Delegados de Curso y participa activamente en los planes de trabajo preparados por los diversos organismos del Centro de Alumnos.

Sin perjuicio de las actividades que se desarrollen en la hora de Consejo de Curso contempladas en el plan de estudio que aplica el establecimiento, con acuerdo del Profesor Jefe de curso parte de este tiempo debe ser empleado para tratar materias relativas al Centro de Alumnos.

De la Junta Eelectoral

Artículo 9°.- La Junta Electoral estará compuesta por 6 alumnos de IV Medio, ninguno de los cuales debe formar parte de la Directiva del Consejo de Delegados de Curso o de los organismos y comisiones creados por éste.

A esta junta le corresponde organizar, supervigilar y calificar todos los procesos eleccionarios que se lleven a cabo en los organismos del Centro de Alumnos, de acuerdo con las disposiciones que sobre elecciones se establezcan en este Reglamento Interno.

Tïtulo III

De los Asesores del Centro

Artículo 10°.- El Centro de Alumnos tendrá un organismo asesor, conformado por uno o más miembros del Cuerpo Docente del establecimiento cuya finalidad será la de orientar el desarrollo de las actividades de este Centro y relacionarlo con otros estamentos de la Institución.

 Los asesores de cada curso serán sus respectivos Profesores Jefes.

La Asamblea General, la Directiva, el Consejo de Delegados de Curso y la Junta Electoral tendrán en conjunto, a lo menos, uno o dos asesores, el o los cuales serán designados anualmente por los Delegados y la Directiva del Centro de Alumnos en votación abierta y directa, y luego de su aceptación deberán guiar, opinar, colaborar y participar activamente, desde el momento de asumir la Directiva y hasta el término de dicho mandato.

El o los asesores deberán ser docentes con a lo menos un año de ejercicio de la profesión en el Colegio y a la vez comprometerse en participar activamente en las reuniones y actividades de este estamento del colegio.

El cargo de Profesor Asesor podrá ser renovado por los alumnos para un periodo siguiente.

Artículo 11°.- La Dirección del establecimiento deberá facilitar el tiempo requerido para el desempeño del asesor ante Centro de Alumnos otorgándole las garantías para el cumplimiento de su labor.

Título IV

Del  Sistema de Elección

Artículo 12°.- El Centro de Alumnos posee un sistema de elección que asegura la conformación de un Centro de Alumnos anualmente, de tal manera que el alumnado siempre posea una representación ante la Dirección del Establecimiento, sus compañeros, la comunidad que le cobija y los organismos externos.

Las elecciones se realizarán por votación directa entre los alumnos de 5° básico a IV medio la tercera semana de noviembre (por lo tanto, la campaña electoral se realizará entre la primera y segunda semana del mismo mes) pudiéndose presentar inclusive un solo representante para la Directiva, caso en el cual el postulante deberá, en un plazo no posterior al momento de las elecciones, presentar su programa de trabajo, y, quiénes serán, en caso de ser elegido, los miembros de la Directiva que le acompañarán en las comisiones que su cargo exigen.

El proceso se llevará a cabo a través de listas que deberán poseer los siguientes requisitos:

  • Nombre y curso de los alumnos que representan la lista.
  • Cargos a los cuales se postula.
  • Programa, Plan de Acción o propuesta Anual para el Establecimiento ( es decir, comisiones y propuesta de trabajo anual).

En caso de no darse lo estipulado para tal efecto, (es decir, de no presentarse las listas correspondientes, que sólo se presente una de ellas, o que no se cumpla con todos los requisitos establecidos por el presente Reglamento), a fines de la segunda semana de noviembre, la elección del Centro de Alumnos pasa a ser un sistema similar al Parlamentario, en el cual un Consejo formado por dos delegados de cada curso (elegidos especialmente para dicho efecto), más el Directorio y la Directiva del Centro de Alumnos determinarán entre ellos la nueva Directiva para el periodo académico siguiente, situación que deberá quedar definida en penúltima semana de noviembre, yanotada en acta por la Junta Electoral que supervisará y ratificará dicha elección.

Título V

Disposiciones Generales

Artículo 13°.- Cualquier alumno de la Directiva, Directorio o Delegado, que por diversas razones se retire del Centro de Alumnos, será reemplazado por un miembro del Consejo de Delegados, en votación interna del mismo, en no más de una semana de haberse producido la renuncia anterior .

El elegido será citado a una reunión extraordinaria del Directorio, para verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos internamente y su disposición a trabajar en el Centro de Alumnos hasta terminar su periodo.

Artículo 14°.- Cualquier reforma al presente Reglamento Interno del Centro de Alumnos deberá ser presentada al término del mandato de la Directiva vigente, es decir durante los meses de agosto a octubre del año correspondiente y, en tal caso, después de presentar dicha demanda, se actuará de la siguiente manera:

  • Dos representantes del Directorio, definidos en reunión de delegados de Centro de Alumnos y un representante de cada uno de los cursos (5° Básico a IV Medio) serán los encargados de estudiar y de llegar a acuerdo mayoritario, para mantener o modificar el reglamento del Centro de Alumnos.
  • Dicha reunión se realizará en fechas determinadas por sus integrantes durante noviembre del año lectivo en curso y cualquier modificación sólo producirá efectos en marzo entrante; con la aprobación del 50% + 1 de los alumnos integrantes designados para esta tarea.

Deberán además formar parte de esta Asamblea, para sugerencias y mediación:

  • El Director del colegio (o quien se designe por esta autoridad).
  • Un profesor designado por el Consejo de Profesores.
  • El Presidente del Centro de Padres y Apoderados del establecimiento o el representante que sea designado.
  • El orientador o profesional vinculado a los alumnos en las tareas de orientación, Psicólogo o Psicopedagogo.
  • El Presidente del Centro de Alumnos.
  • El o los profesores asesores.

El Reglamento Interno del Centro de Alumnos comenzará a regir plenamente a partir de noviembre de 2009, año en el cual se irán analizando sus estipulaciones, pudiendo efectuarse sugerencias a la secretaría del Centro de Alumnos respecto a su contenido y aplicabilidad.

Toda modificación se hará a comienzos del periodo lectivo siguiente (inicio del año 2010) en la forma y tenor que lo establece el Título V de este  Reglamento.

Mientras esto no ocurra, el Centro de Alumnos se regirá por el presente documento.